De conformidad con lo establecido por la Ley 23/2003 de 10 de julio de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo, el fabricante o marca del producto adquirido debe responder ante el cliente ante cualquier falta de conformidad por defectos de fabricación existentes en el momento de la entrega y se manifieste durante los siguientes 2 años.

El plazo que dispone el cliente para notificar cualquier incidencia provocada por defectos de fabricación es de 2 meses desde que tenga conocimiento de la misma.

Si la marca fabricante del producto adquirido comprueba y corrobora la existencia de un defecto de fabricación procederá a la reparación o sustitución del artículo. Siempre que sea posible técnicamente y se haya notificado en los plazos establecidos.

Cualquier garantía quedará anulada si el producto es manipulado por personal no autorizado para tal efecto por el fabricante.

Casos que no se aceptarán como defectos de fabricación:

Daños generales provocados por el uso indebido o anormal del producto

Golpes y ralladuras provocados por el uso normal del producto

Desprendimientos o roturas de gemas u otros elementos aplicados.